Tras varios meses de expectación desde su anuncio oficial,
el pasado 15 de marzo dio comienzo el plazo para solicitar el Kit Digital,
el nuevo programa de ayudas del Gobierno España, para que pymes y autónomos de
todos los sectores puedan implantar soluciones tecnológicas en sus negocios.
Este plan de medidas está dividido en tres segmentos, en
función de la magnitud de la empresa beneficiaria, para ejecutarse durante los
años 2022 y 2023.
La primera convocatoria está destinada a entidades de entre 10 y 49 trabajadores. No obstante, según anunció el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la publicación en el BOE, desde el 20 de octubre de 2022 lo podrán solicitar los autónomos o las empresas de hasta 2 empleados. El pasado mes de septiembre ya se abrió el plazo para las PYMES de 3 a 9 empleados.
Uno de los puntos más atractivos de este programa de
subvenciones es que las pymes y autónomos que se beneficien de él no
tendrán que anticipar la cuantías otorgadas, ni tampoco ocuparse de los
trámites de justificación.
Desde Berna Network, como agentes digitalizadores acreditados por Acelera Pyme, hemos preparado esta guía en la que te contamos cómo solicitar el Kit digital y cuáles son sus requisitos y plazos de ejecución.
Antes de explicarte cómo pedir el Kit digital, vamos a
comentarte brevemente en qué se fundamenta este programa de ayudas.
Este bono digital se enmarca en la “Agenda España Digital
2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España”, dotado en más de 3.000 millones
de euros, procedentes de los fondos Next Generation de la Unión Europea.
Las empresas que quieran impulsar su digitalización podrán
optar hasta 12.000 euros de ayudas si pertenecen al primer segmento, 6.000
euros si cuentan entre 3 y 10 empleados, y hasta 2.000 euros en el caso de
autónomos o pymes de 1 a 3 trabajadores.
Si no sabes a qué segmento pertenece tu compañía, ya que los
trabadores a media jornada cuentan como medio empleado, puedes calcularlo en el
apartado ‘SistemaRED’ de la web de la Seguridad Social.
Mientras, en nuestra página del Kit Digital puedes ver los servicios con los que podemos ayudarte.
Para poder solicitar el kit Digital del Gobierno hay que
cumplir con una serie de requisitos y condiciones, tal y como queda
establecido en la Orden
ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las “bases
reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas
empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo”.
Estas son las condiciones más destacadas:
·
Estar considerada pequeña empresa, una
microempresa o un autónomo, según el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014
de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Así, quedan excluidas del plan las siguientes entidades o quienes cumplan estos
supuestos:
o
Tanto los agentes digitalizadores adheridos, como
las empresas con las que estos contraten o subcontraten las soluciones de
digitalización.
o
Compañías de naturaleza pública y/o de derecho
público.
o
Los colegios profesionales, sociedades civiles,
comunidades de bienes o comunidades de propietarios en régimen de propiedad
horizontal.
·
Estar inscrita en el “censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral”.
·
No estar considerada empresa en crisis.
·
Estar al corriente de las obligaciones tributarias
y pagos frente a la Seguridad Social.
·
No incurrir en ninguna de las prohibiciones
previstas en Ley General de Subvenciones.
·
No estar inmersa en una orden de recuperación
pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
·
No superar el límite de ayudas minimis
(200.000€), según el artículo 2.4 de la citada orden
·
Disponer de la evaluación del “Nivel de Madurez
Digital”, tal y como establece el test de diagnóstico de la plataforma
Acelera pyme.
Una vez repasados los requisitos necesarios del programa,
ahora vamos a explicarte, paso por paso, cómo solicitar el kit digital.
No obstante, si quieres saber más sobre el límite de las
ayudas, el tipo de soluciones y su importe máximo, pincha
aquí.
Antes de registrarte, te recomendamos que tengas claro qué
soluciones vas a solicitar, siempre teniendo en cuenta estas premisas:
·
Los servicios tienen que ser nuevos.
·
No puedes pedir dos soluciones de la misma
categoría, pero sí de categorías distintas.
·
No hace falta que llegues al tope máximo de las
ayudas si solo necesitas una o varias soluciones que sumándose no llegan a esa
cantidad límite.
Lo primero que tienes que hacer para solicitar tu Kit
Digital es registrarte enla web de Acelera Pyme y rellenar un formulario online:
Introduce los datos personales del solicitante, como
el NIF y otros datos de contacto. También puede solicitarlo un representante
legal o voluntario autorizado. En este caso hay que realizarlo mediante del
formulario automatizado que está habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.
En la segunda pantalla de registro hay que añadir los
datos de la empresa, como la ubicación, el número de trabajadores o el Código
CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).
En la última pantalla ya que revisar los datos y validar el registro.
Una vez realizado el registro accederás al “Test de
Diagnóstico Digital” para conocer el nivel de digitalización de tu empresa.
Este test, de carácter obligatorio, está compuesto de 13
preguntas sencilla, entre las que destacan tu conocimiento sobre internet, qué
tipo de conexión usas en tu empresa o tu uso de las redes sociales, entre otras
cuestiones.
Este formulario, que te llevará rellenarlo entre unos 10 -15
minutos aproximadamente, sirve para tener una comparativa de tu madurez
digital, respecto al resto de empresas.
Además, existen otros dos 2 test adicionales, pero de
carácter opcional, con los que aportas más datos sobre la materia:
·
Autoevaluación de transformación digital
· Autoevaluación de ciberseguridad
Una vez formalizado el Test de Madurez Digital, será
concedido tu Kit con la subvención acordada, según el segmento en el que
participas (por el tamaño de tu empresa).
Este bono se concede de forma directa y por estricto orden
de presentación de las solicitudes.
Aunque su resolución se notificará en la Sede Electrónica de Red.es,
también se informa de manera individual a los adjudicatarios.
Ahora que ya cuentas con tu bono, entra de nuevo en tu cuenta de Acelera Pyme, solicita la solución o soluciones que necesites y elige al agente digitalizador dentro del listado de la plataforma.
Una vez que ya has seleccionado a la empresa tecnológica que te ayudará
a ser más digital, tendrás realizar o estar atento a las siguientes gestiones:
·
Negociación y firma del “Acuerdo de Prestación
de Soluciones de Digitalización” con tu agente digitalizador, que está
disponible en la Sede Electrónica deRed.es
·
La empresa asignada ofrecerá las soluciones
tecnológicas y los plazos ejecución de los trabajos.
·
Existe un plazo máximo de 6 meses para la
formalización del acuerdo desde la notificación de la resolución de concesión
de la ayuda.
·
Tu agente digitalizador emitirá la factura, de
un solo pago, tras la primera fase de prestación del servicio.
Ahora que ya sabes cómo solicitar el Kit Digital, vamos a
ver la parte final, relacionada con los pagos y plazos de ejecución de las
soluciones:
·
“El pago de las ayudas se realizará a los
Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase,
de conformidad con los artículos 31 y 32” de la citada orden ETD/1498/2021.
·
Es el agente digitalizador quien justifica, en
nombre del beneficiario y mediante la entrega de los justificantes de gasto, en
qué soluciones se ha empleado el bono.
·
En el caso de que el importe del bono digital
sea superior a la subvención recibida, tu empresa tendrá que asumir la
diferencia entre el importe de la solución y el importe del bono.
·
Además, la empresa beneficiaria también
realizará el abono de los gastos no subvencionables, como pueden ser el IVA.
financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU